6to ESPERANZAS Libertad de los pueblos 2021

DECRETO MUNICIPAL QUE PERMITE JUGAR 11 VS 11. LO FIRMADO POR EL INTENDENTE Y SECRETARIO DE GOBIERNO, BENEFICIA A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS GRUPALES, HASTA 30 DEPORTISTAS. GESTIONAMOS, NOS ESCUCHARON Y RESOLVIERON RÁPIDAMENTE. EN ÉSTA ÉPOCA, ES FUNDAMENTAL LA COMPRENSIÓN Y CONVIVENCIA COMUNITARIA…..

08-01-2021. 18.40 horas.

Lo adelantamos días pasados pero no habíamos obtenido todavía el Decreto por escrito. Realmente, luego de varias reuniones en pocos días,  con el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Tandil, Miguel Lunghi, (h),  como decíamos en anterior nota, nos sentimos escuchado por el Ejecutivo  y vimos que dicho funcionario se ocupó del tema rápidamente. 

Fueron 4 reuniones y en cada una íbamos avanzando en lo que opinábamos y se nos escuchaba con atención como también ESPERANZAS DEL FÚTBOL tuvo que ir modificando su pensamiento en algunos temas.

AHORA PRESENTAMOS EL DECRETO PARA QUE NO QUEDE NINGUNA DUDA PARA LOS QUE DESEAN PARTICIPAR DE LA EDICIÓN 34 DEL  EVENTO “LIBERTAD DE LOS PUEBLOS LATINOAMERICANOS”, no sin antes comentar que al decir el Decreto 30 PERSONAS en deportes grupales, también por lógica se beneficiaron los que practican aparte del Fútbol, Hockey, el Rugby , etc. etc.

Hay que seguir luchando CON AMOR, CON PASIÓN, CON GESTIÓN Y CON SENTIDO DE CONVIVENCIA COMUNITARIA, PARA ENFRENTAR UNA ACTUALIDAD TOTALMENTE COMPLICADA.

Municipalidad de Tandil 2020 Decreto

NUMERO DCTO—2843-E-MUNITAN-INT

Tandil, Buenos aires

Miércoles 30 de Diciembre de 2020

Referencia: modificación cantidad de participantes en actividades deportivas colectivas.

VISTO: El Decreto 2411/2020 y 2558/2020; y CONSIDERANDO: Que resulta notorio que todas las medidas adoptadas por este Municipio han sido siempre con la finalidad de garantizar la salubridad de su población. Que en estos tiempos debe insistirse más que nunca en el ejercicio de una libertad individual y colectiva. Que deviene adecuado continuar estableciendo decisiones que colaboren con la finalidad de las medidas dispuestas en los distintos niveles del Estado. Que resulta necesario también realizar una apertura gradual y controlada de ciertas actividades que apunten al bienestar general de la población, como así también a la sustentabilidad de sectores económicos de la sociedad. Que la práctica deportiva y los sectores vinculados a ella inciden en la finalidad prevista en el párrafo anterior. Que el contexto de pandemia global exige que las medidas vayan acompañadas de una gradualidad necesaria con miras en la protección de la salud pública. Que se han presentado los protocolos específicos para la realización de ese tipo de actividades, habiendo sido analizados por el Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado Que en el marco de las facultades legalmente atribuidas (arts. 5 y 123 de la Constitución Nacional, arts. 190 y cctes. de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, arts. 1, 107, 108 y cctes. de la Ley Orgánica de las Municipalidades) resulta necesario el dictado de este acto administrativo:

Por todo ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Autorícese a partir de la firma del presente acto administrativo, la práctica de actividades deportivas colectivas de hasta TREINTA (30) PERSONAS, conforme lo dictaminado por el Comité de Seguimiento de Coronavirus (COVID-19) en el anexo que forma parte del presente.

Artículo 2º: Para todo lo no modificado por esta norma, se mantendrá la vigencia de los derechos y obligaciones establecidos en el Decreto N° 2411/2020.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, dese al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota el Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, todas las Secretarías del Departamento Ejecutivo, la Dirección la Dirección General de Inspección y Habilitaciones, la Dirección de Deportes, y posteriormente archívese.

Miguel Angel Lunghi                             Miguel Angel Lunghi

Secretario de Gobierno                            Intendente